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Contamos con sedes en Madrid, Palma y Berlín

Alezes Abogados es un despacho independiente con sede central en Madrid y fuerte presencia internacional con décadas de experiencia profesional. Nuestro despacho cuenta con más de 30 profesionales integrados en su estructura y miembros del Colegio de Abogados.

Ofrecemos al cliente un asesoramiento legal y fiscal, integrado en el desarrollo de sus negocios.

Trabajamos en España y Alemania. Garantizamos soluciones jurídicas acordes con las necesidades en alemán como español.

01. Profesionalidad

Atendemos las necesidades de nuestros clientes con atención personalizada, compromiso y dedicación. Creemos en la formación continua y ampliando nuestras habilidades para poder ofrecer los mejores resultados.

02. Confianza

Los tres valores principales del bufete son la cercanía en el servicio, la confianza y la resolución. Poder contar con un abogado cercano sin abandonar el rigor y transparencia. En Alezes Abogados ofrecemos un trato cercano con cada uno de nuestros clientes para la mejor resolución de su problema.

03. Resultados

Nuestra principal preocupación es la satisfacción de quienes han confiado en nosotros. Analizamos cada caso individualmente y exploramos todas las opciones posibles con nuestro cliente, asegurándonos de que se sienta cómodo con cada decisión tomada. Nos aseguramos que las opiniones de nuestros usuarios satisfactorias.

Especialidades

Inmobiliario

No sólo ayudamos a comprar y vender propiedades, sino que ofrecemos un apoyo completo durante todo el proceso.

Mercantil

Desde sus inicios, Alezes atiende las necesidades de las empresas de manera integral.

Laboral

En Alezes Abogados ofrecemos asesoramiento a medida tanto a empresas como a particulares.

Fiscal

Proporcionamos soluciones precisas a los particulares, PYMES y empresas familiares.

Penal

Somos expertos en delitos económicos y hemos liderado importantes casos con solvencia y discreción.

Civil

Nuestra experiencia se basa tanto en procedimientos judiciales como extrajudiciales.

Nuestras Sedes

Alezes Abogados

FAQs

Preguntas Frecuentes

Es un sello, anotación o apostilla que certificará la autenticidad de la firma de los documentos públicos expedidos en un país firmante del XII Convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961, por el que se suprime la exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros que deban surtir efectos en otro país firmante del mismo.

Es necesario apostillar:

  • los Documentos judiciales: Documentos dimanantes de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del Estado, incluyendo los provenientes del Ministerio Público o de un secretario, oficial o agente judicial.
  • Documentos administrativos.
  • Certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados, tales como la certificación del registro de un documento, la certificación sobre la certeza de una fecha y las autenticaciones oficiales y notariales de firmas en documentos de carácter privado.
  • los documentos expedidos por funcionarios diplomáticos o consulares.
  • los documentos administrativos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera.
  • los documentos que, en aplicación de otros Convenios Internacionales, estén exentos de ser legalizados o apostillados.
  • Certificados negativos de antecedentes penales de ciudadanos españoles que vayan a surtir efectos en otros Estados de la Unión Europea y documentos sobre ciudadanos españoles expedidos por los Registros Civiles españoles, incluidos los consulares, que vayan a surtir efectos en otros Estados de la Unión Europea.

El reconocimiento sin necesidad de otro tipo de autenticación por parte de cualquier país firmante del Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961.

Es el número de identificación del extranjero, que deberá figurar en todos los documentos que se le expidan o tramiten, así como las diligencias que se estampen en su tarjeta de identidad o pasaporte.

Para la asignación del citado número deberán aportar los siguientes documentos:

  • Impreso-solicitud normalizado (EX-15), debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.
  • Original y copia del pasaporte completo, o documento de identidad, o título de viaje o cédula de inscripción en vigor.
  • Comunicación de las causas económicas, profesionales o sociales que justifican la solicitud.
  • Cuando sea solicitado a través de un representante, éste acreditará contar con poder suficiente en el que conste de forma expresa que se le faculta para presentar tal solicitud.

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